¿Quién paga los desperfectos en una vivienda de alquiler?

Esta pregunta se la hacen muchas personas. No solo los inquilinos de una vivienda alquilada, también los propietarios. Por ello hemos navegado por internet a buscar respuestas más claras. La web de certicalia nos ayuda a encontrar respuestas a ¿Quién paga los desperfectos en una vivienda de alquiler?

 

La importancia del buen estado de la vivienda

En alguna comunidades como  Cataluña, Extremadura, Baleares, Comunidad Valenciana, La Rioja, Murcia, Navarra y Cantabria además para alquilar la vivienda es necesario tener en vigor la Cédula de Habitabilidad, que es el documento que verifica que esa casa es habitable.

Sería beneficioso para el inquilino pedir el Certificado Energético y una Cédula de habitabilidad si esta última fuese obligatoria, antes de alquilar la vivienda.

Igualmente es obligación del arrendador de una vivienda, realizar todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en perfecto estado.

El Articulo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos dice que es obligación del arrendador de una vivienda entregar el inmueble en condiciones óptimas para la habitabilidad. Esto quiere decir, que debe entregar la vivienda con suelos, techos, paredes, ventana, baños, mobiliario, electrodomésticos y enseres en perfecto estado y funcionamiento.

 

El inquilino debe informarle al arrendador, lo más breve posible, cualquier desperfecto o necesidad de reparaciones. Si se tratase de una reparación urgente, el arrendador podrá autorizar al inquilino que las realice y las pague, y posteriormente devolverle el importe de los costos soportados.

¿Qué obligación tienen los inquilinos en los desperfectos de la vivienda en alquiler?

Es obligación de los inquilinos, según la  Ley de Arrendamientos Urbanos, todas aquellas pequeñas reparaciones necesarias producto del desgaste por el uso natural y ordinario de la vivienda. De igual manera, si un daño fuera causado expresamente por el inquilino, los costos derivados de su reparación o reposición, correrá por cuenta del inquilino, por lo tanto, esto incluye la reparación de los electrodomésticos en un piso de alquiler.

 

Reparaciones de los desperfectos

Cabe destacar que al hablar de  reparaciones pequeñas  debemos pensar si ha dejado de funcionar el horno por un problema de motor o si  la reparación tiene un coste de más de 200€, ¿quién se hace responsable?. En este caso, la reparación supone una pequeña reparación pero con un coste muy elevado, y es de presumir que el daño del horno no fue provocado por el inquilino, sino lógicamente por problemas técnicos ajenos (como por ejemplo: defecto de fábrica o problemas eléctricos en la vivienda). En este caso, la reparación o reposición corre por cuenta del arrendador.

De la misma manera puede suceder que se rompa la lavadora y que el inquilino y el arrendador no se pongan de acuerdo sobre los costos de su reparación. En este caso, es importante la evaluación técnica de un profesional para que determine si la rotura del electrodoméstico es por desgaste natural, por uso indebido o por fallos técnicos. Si el diagnóstico del experto es por falla técnica, los costes derivados de su reparación corren por cuenta del arrendador.

Fuente:certicalia

 

 

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